En este caso, se presentará ante el ANMAT una solicitud de autorización para su ingreso. Para dicho trámite se requiere reunir documentación  y formularios completados por el medico prescriptor para solicitar la autorización bajo el Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos No Registrados (RAEM-NR), Disposición 10874-E/2017. Las instrucciones y documentación a reunir esta detallado en
http://www.anmat.gov.ar/webanmat/formularios/ComercioExterior/Nuevo_instructivo_RAEM_2017.pdf

El tramite podrá realizarlo el paciente u otra persona que lo designe, a través de la función de apoderamiento que permite la plataforma de Tramites a Distancia (TAD). No obstante, el paciente o su representante legal deberán aceptar en forma virtual el Consentimiento Informado sin excepción. Una vez que acceda con su usuario de AFIP, podrá encontrar el trámite con el nombre de RAEM –NR en el buscador. El trámite será evaluado y será notificado a través del mail asociado al usuario sobre la autorización o la necesidad de adjuntar documentación faltante o corregir la presentada.